¿Se pueden poner cámaras de vigilancia en la calle?

Una de las dudas más comunes de muchos interesados en instalar cámaras de videovigilancia es si se cuenta realmente con la potestad para colocarlas en lugares públicos, como es la vía pública, por lo que en este post vamos a aclarar si se puede poner una cámara de vigilancia en la calle y qué dice la ley acerca de esta posibilidad.

La grabación de imágenes en la vía pública ha sido siempre un tema muy controvertido, debido a que se enfrentan distintas normativas que podrían impedir esta actividad.

En principio, la legislación es muy precisa acerca de esta posibilidad: la instalación de cámaras de videovigilancia en la calle corresponde única y exclusivamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, siempre en cumplimiento de funciones de seguridad, lo que descarta la potestad para ello de compañías de seguridad privada.

Por ello, ninguna empresa perteneciente al ámbito privado o ciudadano de a pie puede hacer uso de estos dispositivos para la captación de imágenes de la calzada.

Atendiendo a la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales, podemos entender esta restricción a la intimidad de las personas que transiten frente a estos equipos.

El artículo 42 de la legislación acerca de seguridad privada indica también lo siguiente: “no se podrán utilizar cámaras o videocámaras con fines de seguridad privada para tomar imágenes y sonidos de vías y espacios públicos o de acceso público salvo en los supuestos y en los términos y condiciones previstos en su normativa específica, previa autorización administrativa por el órgano competente en cada caso.

También la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) señala la excepción de una autorización administrativa para poder hacer uso de una cámara de videovigilancia sin tratarse de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

Por lo tanto, se puede entrever que siempre hay una posibilidad de realizar la instalación de este dispositivo sin que sea este el organismo encargado de ello.

La ambigüedad del concepto “espacio público”

Al cuestionarnos si se puede poner una cámara de vigilancia en la calle, es clave que tengamos claro qué se considera como espacio público, ya que ahí parece estar el motivo de la controversia.

La Real Academía Española es la única que puede aclarar esta expresión y, al acudir a esta institución, nos encontramos con una definición clara: “un espacio público es una calle, plaza, camino u otro sitio por donde transita o circula el público”.

instalacion camaras en la calle

¿En qué casos se puede poner una cámara de vigilancia en la calle?

Hay algunos supuestos en los que se puede contemplar la instalación de estos dispositivos, especialmente cuando la finalidad con la que se realiza esta acción va más encaminada a controlar un espacio privado y que, indirectamente, se capte una porción de lugares públicos.

Si para mantener controlados espacios privados, no se puede evitar la grabación de vía pública, la ley también aclara su legalidad: “las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquellas. En todo caso, deberá evitarse cualquier tratamiento de datos innecesario para la finalidad perseguida”.

De este extracto, por tanto, se puede concluir que el uso de las imágenes que se capten de la vía pública debe limitarse a lo estrictamente necesario.

Siempre ha de anteponerse el objetivo principal de la colocación de estos dispositivos, que es la seguridad de un determinado recinto, siempre que se respete la intimidad de otras personas.

Qué ocurre si las cámaras de vigilancia están en viviendas o comunidades privadas y graban parte de un espacio público o a personas ajenas

Una vez entendemos que se puede poner una cámara de vigilancia en la calle, teniendo en cuenta las excepciones mencionadas, abordamos los casos en que los dispositivos se instalan en el interior de un domicilio o comunidad de propietarios, pudiendo obtener imágenes de la vía pública o de otras imágenes.

La persona o personas responsables deben realizar algunas acciones para garantizar que todo se hace respetando la normativa vigente:

  • Registrar las actividades del tratamiento de las imágenes.
  • Colocar carteles de zona videovigilada en un lugar visible, informando del responsable del tratamiento y la vía para reclamar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición.
  • Garantizar que el acceso a las imágenes obtenidas está limitado al responsable.
  • Asegurar que el lugar en el que se instala el equipo de grabación solo esté autorizado al personal responsable
  • Cumplir con los plazos de conservación de imágenes, que es de un mes

Si necesitas instalar un sistema de videovigilancia, lo mejor es que recurras a una empresa especializada como Termired, donde te asesoramos sobre las mejores opciones para tu caso y que esté totalmente adaptado a la normativa vigente.

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